Pasar al contenido principal
hemeroteca

Obligatorio para la vivienda usada que se venda o alquile

A partir de ahora todos aquellos que vendan o alquilen un piso tienen que tener previamente una certificación energética firmada por un profesional. Para ello, la Comunidad de Madrid ha habilitado a través de su página web (www.madrid.org) un registro gratuito para facilitar la presentación de las certificaciones energéticas.

De acuerdo con la nueva normativa todas las viviendas o locales que se vendan o alquilen deben contar con el correspondiente certificado de eficiencia energética.

La obligación de la certificación energética se extiende a:
• Edificios de nueva construcción.
• Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
• Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público.

Para obtener la certificación energética de sus inmuebles, los ciudadanos deben recurrir a un técnico competente en esta materia, ya sea un ingeniero o arquitecto, habilitado para la redacción de proyectos de dirección y ejecución de obras o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas. Posteriormente, y antes de que transcurra un mes desde la expedición de dicho certificado, será necesario comunicarlo a la Comunidad de Madrid a través de la plataforma habilitada en www.madrid.org.