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Desde este miércoles entra en vigor el Reglamento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón que se puede consultar en esta web municipal

Desde este miércoles entra en vigor el Reglamento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón que se puede consultar en esta web municipal
14 nov 2018
 Imagen Desde este miércoles entra en vigor el Reglamento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón que se puede consultar en esta web municipal
  • En los próximos días se informará acerca del plazo y las distintas formas para obtener el formulario de inscripción, bien a través de la web municipal o en las propias dependencias municipales.
  • Este reglamento tiene por finalidad proporcionar información sobre las necesidades de vivienda en el municipio.

Este miércoles 14 de noviembre ha entrado en vigor el Reglamento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón que se encuentra publicado en esta página web municipal, en la sección de normativa municipal, reglamentos en vigor. CONSULTAR REGLAMENTO

Este Reglamento tiene por objeto constituir y regular el funcionamiento del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida en Villaviciosa de Odón, cuya finalidad principal es la de proporcionar y recabar información sobre las necesidades de viviendas existentes en el municipio, así como establecer los mecanismos de selección de las adjudicaciones de viviendas protegidas en nuestra localidad.

En los próximos días se informará a través de todos los medios institucionales y también de la prensa local de las distintas formas y el plazo para obtener, cumplimentar y enviar el formulario de inscripción, bien a través de la web municipal o en las propias dependencias municipales.

ACLARACIÓN IMPORTANTE:

  • Este reglamento tiene por finalidad, como ya se ha explicado anteriormente, proporcionar información sobre las necesidades de vivienda en el municipio, por lo tanto, estar inscrito en el registro de demandantes no supone tener garantizado el derecho a la adjudicación de una vivienda como tampoco se excluye de ese derecho a todas aquellas personas que no estén inscritas en el mismo.
  • Tampoco influye para lo mencionado anteriormente el orden de inscripción en el citado registro.