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Licencias de Obras

La tramitación de las licencias de obras se agrupan en tres procedimientos, según el tipo de obras a realizar: actos comunicados, licencias de obra menor y licencias de obra mayor.

TRAMITACIÓN LICENCIAS DE OBRAS

A.- ACTOS COMUNICADOS

Se comunican las obras a realizar, y no se podrán empezar las obras hasta quince días después de su solicitud, si no hay resolución en contra.

  • Pavimentaciones y solados en el interior de parcelas privadas
  • Acondicionamiento de acabados
  • Reparaciones de fachadas y cubiertas sin modificaciones
  • Movimientos de tierra para ajardinamiento, inferiores a 50 cm de altura

Si las obras ya están hechas deberán solicitar licencia de legalización LX-LEG.

Las licencias de obra en edificios y parcelas incluidos en el catálogo de elementos protegidos no podrán tramitarse mediante acto comunicado, debiendo solicitar la licencia que corresponda.

Las licencias de reforma de local para el ejercicio de una actividad, deberán solicitarse mediante Declaración Responsable.

Procedimiento

  1. El sello de registro de entrada del Ayuntamiento con la documentación completa para la solicitud de licencia equivaldrá a la toma de conocimiento por parte de la Administración Municipal.
  2. El interesado podrá realizar las actuaciones que comunica pasados quince días hábiles, contados desde la fecha de registro municipal, si transcurrido dicho plazo no ha recibido notificación fehaciente que indique lo contrario.
  3. Si la documentación y el impreso son correctos, se estimará concluso el expediente y se ordenará, sin más trámites, el archivo de la comunicación, produciendo los efectos de la licencia urbanística.
  4. La Administración se reserva, en todo caso, el posible control ulterior respecto a las obras comunicadas.
  5. El documento de solicitud de licencia deberá hallarse en poder de la persona que esté al frente de la obra, con la obligación de ser presentado a la persona del Ayuntamiento cuando se requiera.
  6. El promotor y constructor deberán cumplir las normas sobre seguridad e higiene en el trabajo en la ejecución de los mismos.
  7. La actuación comunicada se entenderá otorgada a salvo del derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros. Asimismo, le será de aplicación en tanto en cuanto se cumplan los trámites del apartado 2 del artículo 158 de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, en lo relativo a eficacia temporal y caducidad de licencia urbanística.

Documentación de la solicitud de la licencia

  • Impreso de solicitud: SAC

 

B.- OBRAS MENORES

Obras que no precisan de proyecto técnico de obras de edificación para su ejecución.

  • B.1.- Licencia de vallado de parcela LX-VA
  • B.2.- Licencia de pista deportiva en superficie / Acondicionamiento de parcela LX-PIS
  • B.3.- Licencia de rótulos y toldos a vía pública LX-ROT
  • B.4.- Licencia de acondicionamiento interior con cambio de distribución LX-AI
  • B.5.- Licencia de legalización de las anteriores obras realizadas sin licencia LX-LEG

Procedimiento

  1. Plazo de tramitación: 2 meses
  2. Servicio encargado: Urbanismo
  3. Forma de iniciación: Solicitud del interesado con la documentación del anexo
  4. Efectos presuntos: Desestimación
  5. Fin de la vía administrativa: Resolución del Concejal de Urbanismo
  6. Recursos: Reposición: Plazo de 1 mes ante el mismo órgano que dictó la resolución
  7. Contencioso Administrativo: Plazo 2 meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo

 

B.1.- Licencias de obra de vallado LX-VA

Se solicitará licencia de obra de vallado cuando se realice el vallado definitivo de una parcela, se necesite su reparación o modificación o la apertura de nuevos huecos.

Documentación de la solicitud de la licencia

 

B.2.- Licencias de pistas deportivas en superficie LX-PIS

Dentro de este tipo de licencias están las pistas deportivas en superficie con cerramientos permeables a vistas. Asimismo, se incluyen dentro de este tipo de licencia los acondicionamientos de parcela con desniveles totales superiores a 50 cm.

Documentación de la solicitud de la licencia

 

B.3.- Licencias de rótulos y toldos LX-ROT

Para la colocación de cualquier rótulo en fachada, cartel anunciador o toldo a vía pública deberá solicitar esta licencia.

Documentación de la solicitud de la licencia

 

B.4.- Licencia de acondicionamiento interior de inmueble con cambio de distribución LX-AI

Obras de pequeña entidad a realizar en el interior de los edificios con cambio de distribución que no supongan modificaciones estructurales de los inmuebles ni modificaciones arquitectónicas exteriores del edificio.

Dentro de este tipo de licencia se encuentran aquellas obras incluidas en Acto Comunicado en el caso de que la edificación donde se vayan a realizar esté incluida en el catálogo de elementos protegidos.

Documentación de la solicitud de la licencia

 

B.5.- Licencia de legalización de obras realizadas sin licencia incluidas en los apartados anteriores LX-LEG

Si se han realizado obras sin licencia de vallado, de pista deportiva en superficie, de acondicionamiento de parcela, de instalación de rótulos / toldos o de acondicionamiento interior, deberán solicitar la correspondiente licencia de legalización.

Documentación de la solicitud de la licencia

  • Impreso de solicitud: SL sin PT
  • Documentación: LX-LEG DOC

 

C.- OBRAS MAYORES

Obras que precisan de proyecto técnico de obras de edificación para su ejecución.

  • C.1.-  Licencias de obra nueva LO-ON
  • C.2.-  Licencias de ampliación o intervención general LO-AMP
  • C.3.-  Licencias de piscinas / pistas deportivas enterradas LO-PIS
  • C.4.-  Licencias de demolición LO-DEM
  • C.5.-  Licencias de legalización de obras terminadas sin licencia LO-LEG

Procedimiento

  1. Plazo de tramitación: 3 meses
  2. Servicio encargado: Urbanismo
  3. Forma de iniciación: Solicitud del interesado con la documentación del anexo
  4. Efectos presuntos: Desestimación
  5. Fin de la vía administrativa: Resolución de la Junta de Gobierno Local
  6. Recursos: Reposición: Plazo de 1 mes ante el mismo órgano que dictó la resolución
  7. Contencioso Administrativo: Plazo 2 meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo.

 

C.1.- Licencia de Obra nueva LO-ON:

Se solicitará LO-ON para la ejecución de todas aquellas obras de nueva planta que tienen por objeto una nueva construcción sobre un solar.

Se incluyen en este supuesto todas aquellas licencias de obras de edificación de nueva planta que precise de proyecto de ejecución visado para su realización. Puede solicitarse con Proyecto Básico o de Ejecución.

Documentación de la solicitud de la licencia

 

C.2.- Licencia de Obra de ampliación o intervención general LO-AMP

Se solicitará esta licencia de obra cuando:

  • Las  obras a realizar tienen por objeto incrementar el volumen construido o la ocupación en planta de edificaciones existentes.
  • Las obras son de rehabilitación, que mejoran sus condiciones de seguridad, salubridad, habitabilidad, confort y ornato, modificando su distribución y alterando sus características morfológicas y la distribución interna. También se incluyen las mejoras de accesibilidad, como la instalación de un ascensor.
  • Las obras consistan en la renovación, mediante transformación de un edificio existente, para su adaptación a nuevas condiciones de usos, o debido a su grave deterioro funcional, que suponen la modificación de la configuración arquitectónica del inmueble, de su disposición estructural o espacial originaria, aun conservando los cerramientos exteriores del edificio.
  • Cuando las obras afecten a las fachadas por apertura de nuevos huecos.

Documentación de la solicitud de la licencia

 

C.3.- Licencia de Obra de piscina o pista deportiva enterrada LO-PIS

Se solicitará esta licencia de obra cuando se trate de ejecutar un vaso de piscina o una pista deportiva enterrada (paddle, frontón…)

Documentación de la solicitud de la licencia

 

C.4.- Licencia de Obra de demolición LO-DEM

Las obras de demolición se considerarán demolición total o parcial, según supongan la desaparición de lo edificado en su totalidad o en parte.

Documentación de la solicitud de la licencia

 

C.5.- Licencia de Obra de legalización de obras terminadas LO-LEG

Se denomina licencia de legalización la que se otorga a obras realizadas sin licencia, o sin ajustarse a la misma, una vez se hayan ajustado a la normativa urbanística aplicable.

Los expedientes de legalización de edificaciones y obras construidas tienen por objeto restaurar la legalidad urbanística, por lo tanto su finalidad es verificar si las obras ejecutadas se ajustan o no al planeamiento urbanístico y normativa urbanística aplicable en el momento de la solicitud de la licencia de legalización. Si la edificación que se pretende legalizar no estuviese completamente terminada, se definirá:

  • Por una lado, el expediente de legalización de la obra realizada hasta el momento.
  • Por otro, el proyecto básico y de ejecución, la dirección de obra y la liquidación de la obra pendiente de ejecutar.

Documentación de la solicitud de la licencia