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Se aprueba, de forma inicial y por unanimidad de toda la Corporación, el Reglamento del registro de demandantes de vivienda protegida

Se aprueba, de forma inicial y por unanimidad de toda la Corporación, el Reglamento del registro de demandantes de vivienda protegida
30 jul 2018
 Imagen Se aprueba, de forma inicial y por unanimidad de toda la Corporación, el Reglamento del registro de demandantes de vivienda protegida
  • Una vez entre en vigor, desde el Ayuntamiento se proporcionará toda la información necesaria para explicar la forma de inscribirse en el mismo 

En la última sesión plenaria correspondiente al mes de julio, la Corporación municipal aprobó por unanimidad, y de forma inicial, el reglamento del registro de demandantes de vivienda protegida del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón. El mismo tiene por finalidad principal proporcionar información sobres las necesidades de viviendas existentes en el municipio, así como establecer los mecanismos de selección de las adjudicaciones de viviendas protegidas en nuestro municipio.

Puede consultar el reglamento siempre teniendo en cuenta que se trata de un documento provisional a la espera de su aprobación definitiva: REGLAMENTO DE DEMANDANTES DE VIVIENDA PROTEGIDA

Una vez aprobado inicialmente, en los próximos días será publicado el anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid momento a partir del cual se abre el plazo de 30 días naturales para la presentación de alegaciones. Pasado este periodo de tiempo, si no se hubiese presentado ninguna alegación se dará por aprobado definitivamente. Cuando esto suceda el Ayuntamiento ofrecerá a los vecinos toda la información necesaria relativa a la forma de inscribirse en el mismo.

Aclaración importante:

Este reglamento tiene por finalidad, como ya se ha explicado anteriormente, proporcionar información sobre las necesidades de vivienda en el municipio, por lo tanto estar inscrito en el registro de demandantes no supone tener garantizado el derecho a la adjudicación de una vivienda como tampoco se excluye de ese derecho a todas aquellas personas que no estén inscritas en el mismo.

Tampoco influye para lo mencionado anteriormente el orden de inscripción en el citado reglamento.