La Comunidad se encuentra desde este jueves 16 de mayo en nivel medio de riesgo de incendios forestales, lo que significa que está prohibido el uso del fuego en todas las zonas forestales de la región hasta el 31 de octubre. Esta medida incluye la realización de todo tipo de barbacoas en las diferentes áreas recreativas y en aquellas zonas no urbanas que no respeten un perímetro mínimo de 200 metros.
La prohibición también afecta a la utilización de cualquier tipo de maquinaria que pueda generar chispas o descargas eléctricas (motosierras, podadoras, radiales, etcétera) en los mismos espacios. Debido a este nivel de alerta, la Comunidad ya ha activado todos los medios materiales y humanos de intervención rápida para acabar inmediatamente con cualquier brote de fuego.
Es de vital importancia respetar esta prohibición con el fin de evitar, en la medida de lo posible, los incendios forestales. Si el punto donde se pretende utilizar el fuego, ya sea para barbacoas o para cualquier otro uso, está dentro de terreno calificado como urbano pero a menos de 50 metros de una zona forestal, deberá solicitarse el pertinente permiso al Ayuntamiento de la localidad, que será el encargado de autorizarlo o desautorizarlo. En estos casos, una vez obtenido el permiso consistorial para la realización del fuego, la persona que lo ha solicitado deberá notificarlo obligatoriamente a la Dirección General de Protección Ciudadana. Para ello, la Comunidad ha dispuesto una dirección de correo electrónico (cecopinfo@madrid.org), un fax (91 580 18 48) y un servicio telefónico gratuito específico para este tipo de comunicaciones (900 811 208).
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Prohibido hacer fuego en zonas forestales hasta el 31 de octubre
16 may 2013