Moción que presenta el Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía para su inclusión en el orden del día del próximo pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón de fecha de Abril de 2017 sobre Plusvalías Municipales
EXPOSICION DE MOTIVOS
Antes de realizar una exposición normativa que avale esta propuesta debemos explicar su naturaleza económica. Los vecinos han tenido que malvender sus propiedades y, además, han visto incrementado su perjuicio económico al pagar por unas plusvalías inexistentes. El ayuntamiento debería ser consciente, con el fin de ofrecer el mejor servicio a los contribuyentes que es necesario devolver a estos, lo que se ha cobrado indebidamente y, por tanto, debería ser el propio ayuntamiento el que diera difusión y comunicará a los afectados que cantidades pueden y deben reclamar para que se realice la oportuna devolución de las sumas indebidamente cobradas.
Somos los representantes políticos los que debemos servir al pueblo y no esperar a que sean los propios vecinos los que demanden la subsanación del error, es por ello que debemos atender a la jurisprudencia que se deriva de diferentes sentencias que indicamos a continuación.
El pasado 16 de febrero de 2017, el Tribunal Constitucional resolvió una cuestión de inconstitucional promovida por el juez del Juzgado nº 3 de lo Contencioso Administrativo de Guipúzcoa, respecto de los artículos 4.1,4.2 a) y 7.4 de la Norma Foral 16/1989 que regula el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Los preceptos que la resolución del TC declara inconstitucionales son análogos a los recogidos en los artículos 107 y 110.4 en RDLeg. 2/2004 (TR LHL) en los que está basado el art. 8 de la Ordenanza Fiscal Reguladora sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana de Villaviciosa de Odón.
En este sentido, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, n.º 22 de Madrid con fecha 15 de diciembre de 2015 , eleva una nueva cuestión de inconstitucionalidad sobre los arts. 107 y 110.4 del RDLeg. 2/2004 (TR LHL).
El problema de la constitucionalidad de los arts 107 y 110.4 TRLHL queda circunscrito a los supuestos, en los que se establece una ficción legal que permite gravar incrementos de valor en cuantía ficticia, en tanto que alejados de los verdaderamente producidos en la realidad y, por ende, desconocedores de la verdadera capacidad económica del sujeto pasivo.
Estos preceptos someten a gravamen un incremento del valor de los terrenos inexistente y además, ficticio, sin posibilidad de prueba en contrario por parte del sujeto pasivo, vulnerando lo dispuesto en el art. 31 de la CE en lo relativo a la infracción del principio constitucional de capacidad económica y lo dispuesto en el art. 24 de la CE en lo relativo al derecho a la tutela judicial efectiva al establecer una regla legal de cuantificación de la base imponible que no puede sustituirse por prueba en contrario, más allá de un mero error en la aplicación de las
reglas objetivas de cuantificación.
Dicha resolución pone de manifiesto la inadecuada regulación de un impuesto que ha obligado a numerosos contribuyentes de nuestro municipio a realizar pagos cuando no habían obtenido ningún beneficio o plusvalía en la transmisión de viviendas y locales en nuestra localidad.
Por todo lo anteriormente expuesto el Grupo Municipal de Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía, eleva al Pleno para su debate y aprobación los siguientes:
ACUERDOS
1º Que de forma urgente disponga, a través del procedimiento establecido para ello medios materiales y humanos, mediante los cuales los contribuyentes que no hayan obtenido plusvalías con la transmisión e inmuebles sitos en Villaviciosa de Odón, puedan reclamar las cantidades satisfechas en concepto del impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
2º Que se realice un análisis del impacto que puede suponer para las finanzas municipales la mencionada sentencia del Tribunal Constitucional relativo al cobro del mencionado impuesto, cuando no se hayan obtenido plusvalías.
Villaviciosa de Odón a 7 de Abril de 2017
D. Santiago Tejado
Portavoz Grupo Municipal Ciudadanos
Villaviciosa de Odón
Moción que presenta el Grupo Municipal Ciudadanos - Partido de la Ciudadanía para su inclusión en el orden del día del próximo pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón de fecha de Abril de 2017 con el fin de incluir una partida en el presupuesto de 2017 para la elaboración del proyecto y dirección de obras relativas a la peatonalización y ampliación de aceras.
Dicha moción se presenta conforme a lo establecido en el artículo 139 de la actual Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, sobre la posibilidad legal de sustituir la sanción pecuniaria impuesta en vía administrativa por la ejecución o desarrollo de trabajos en beneficio de la comunidad.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Es de suma importancia para nuestro municipio redefinir el espacio habitable, el tránsito, la movilidad y la percepción que tiene el vecino de las calles y plazas. Debemos construir un lugar agradable, libre de obstáculos, amplio y tranquilo, que sirva para pasear. Un espacio que no suponga un riesgo para las madres con sus hijos, para las personas mayores y para nuestros escolares y para que todos en general, puedan disfrutar de un espacio transitable habitualmente denominado "plataforma única" que permita al peatón tener preferencia sobre los vehículos. En todo caso el acceso, como es obvio, estará permitido a los garajes privados y para los servicios de logística del comercio local.
Al reducir el tráfico rodado las zonas que se determinen podrán disfrutar de un ambiente con menos humo y ruido, en todo caso, el proyecto deberá contemplar un cambio tangible en su entorno (véanse los ejemplos al final de esta moción), por este motivo se indican diferentes zonas susceptibles de estudio y planeamiento:
La conversión en zonas preferentes para peatones de las Zonas 1, 2 y 3 según los mapas adjuntos.
Además se proponen adicionalmente otras 4 zonas de ampliación de aceras para su inclusión en el estudio según los mapas adjuntos.
Para un mayor detalle de las zonas que se proponen incluir en el estudio de la propuesta se acompañan en las siguientes páginas las zonas que podrían quedar incluidas en el estudio.
ACUERDOS
Incluir una partida en el presupuesto de 2017 para la elaboración del proyecto y dirección de obras relativas a:
- Zonas preferentes para peatones 1, 2 y 3 correspondientes a las calles Mayor, Plaza de la Constitución, Calle del Puente, Calle Carretas y Plaza del Mercado.
- Adicionalmente ampliar las aceras de:
- Plaza del Humilladero.
- Av. Príncipe de Asturias esquina Calle Miguel Hernández.
- Av. Príncipe de Asturias esquina Calle Petunia.
- Calle Cueva de la Mora, en la fachada del mercadillo de Villa y a lo largo de toda la fachada de dichos edificios.
Villaviciosa de Odón a 7 de Abril de 2017
FDO. Miguel Sáinz Sánchez
670.797.340
Concejal Adjunto Portavoz Grupo Municipal Ciudadanos