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Consulta pública sobre la redacción de una Ordenanza de Medio Ambiente
Consulta pública sobre la redacción de una Ordenanza de Medio Ambiente

En cumplimiento del artículo 133 de la Ley 39/2015, se abre una consulta pública por plazo de 15 días naturales, del 21 de septiembre al 6 de octubre de 2023, para que los sujetos potencialmente afectados por la futura norma puedan expresar su opinión sobre los siguientes aspectos: a)- Cuestiones que se pretenden regular con la modificación de la Ordenanza b)- Necesidad y oportunidad de su aprobación c)- Objetivos de la modificación

 Cuestiones que se pretenden regular con la aprobación de la Ordenanza
 
Con esta Ordenanza se pretende establecer normas dirigidas a procurar la mejora y conservación del medio ambiente, dentro de las competencias municipales en la materia.
Entre las cuestiones que podrán ser objeto de la ordenanza se encuentran la emisión de ruidos y vibraciones, la emisión de humos y gases, la calidad del aire y del agua, la contaminación lumínica, la limpieza de los espacios públicos, el ejercicio de actividades con incidencia ambiental, los residuos y los vertidos, y la labor de supervisión y control por parte del Ayuntamiento.
Estas consideraciones son objeto de la consulta pública, pudiendo los destinatarios de la misma exponer sus opiniones sobre esta cuestión:

Este campo es obligatorio.

 Necesidad y oportunidad de su aprobación.
 
La necesidad de aprobar una Ordenanza de medio ambiente responde al interés de disponer de una norma que permita regular los aspectos que inciden sobre el medio ambiente, las actividades con incidencia ambiental y que incorpore medidas para la supervisión y sanción por parte del Ayuntamiento.
La oportunidad de la aprobación de la Ordenanza obedece a la necesidad de regular aspectos con incidencia ambiental no específicamente regulados en normas de rango superior.
Hechas las anteriores consideraciones sobre este punto, se podrán expresar sus opiniones al respecto:

Este campo es obligatorio.

Los objetivos de la aprobación de la Ordenanza
 
Los objetivos que se persiguen con la aprobación de la ordenanza son:
a)- Disponer de una regulación de actividades con incidencia ambiental y de determinados aspectos del medio ambiente que quedan bajo la competencia municipal.
b)- Establecer medidas de supervisión y control, así como medidas sancionadoras de las actuaciones que infrinjan lo dispuesto en la ordenanza, y de reposición del estado de cosas a su situación anterior a la infracción.
Los destinatarios de la consulta podrán exponer sus opiniones sobre estos objetivos:
 

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