El Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón plantea la redacción de una Ordenanza reguladora de la Intervención administrativa de la actividad urbanística. En cumplimiento del artículo 133 de la Ley 39/2015, se abre una consulta pública por plazo de 15 días naturales (hasta el próximo 6 de mayo) para que los sujetos potencialmente afectados por la futura norma puedan expresar su opinión sobre los siguientes aspectos: a)- Cuestiones que se pretenden regular con la aprobación de la Ordenanza b)- Necesidad y oportunidad de su aprobación c)- Objetivos de la regulación
1.- Cuestiones que se pretenden regular con la aprobación de la Ordenanza
Con la Ordenanza se pretende dar cumplimiento al mandato contenido en la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en la redacción dada por la Ley 1/2020, que establece:
Que el procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas se regulará en las ordenanzas municipales (artículo 154).
Que los ayuntamientos regularán mediante ordenanza el contenido de las declaraciones responsables urbanísticas (artículo 156).
Que los ayuntamientos regularán mediante ordenanza el procedimiento de comprobación posterior de los elementos y circunstancias puestas de manifiesto por el interesado en la declaración responsable (artículo 159).
La reforma de la Ley del Suelo aprobada en 2020 supone un cambio de planteamiento sobre la intervención administrativa en la actividad urbanística, pues la licencia previa pasa a ser la excepción frente a la declaración responsable, que pasa a ser la regla general.
La declaración responsable (artículo 157) habilita al interesado para el ejercicio de la actuación pretendida desde el día de su presentación en el registro del Ayuntamiento, quedando la actuación sujeta a la comprobación e inspección por parte de la Administración. En las actuaciones sujetas a licencia, por el contrario, la actuación no puede comenzar hasta disponer de la licencia.
La Ordenanza pretende regular el contenido de las declaraciones responsables, el procedimiento de otorgamiento de licencias urbanísticas y el procedimiento de comprobación de las actuaciones sujetas a declaración responsable y la inspección urbanística. Asimismo, la Ordenanza pretende simplificar y determinar la documentación que, en cada actuación, deba aportarse de forma que los interesados tengan conocimiento claro de la documentación exigible en cada caso, de forma que se reduzcan los plazos de tramitación de los procedimientos administrativos como consecuencia de la necesidad de formular requerimientos.
2.- Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La necesidad de aprobar una Ordenanza reguladora de la Intervención administrativa en la actividad urbanística deriva de las previsiones contenidas en la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid, que remiten a las ordenanzas municipales para regular determinados aspectos (procedimiento de otorgamiento de licencias, contenido de las declaraciones responsables urbanísticas y procedimiento de comprobación)
La oportunidad de la aprobación de la Ordenanza responde a la misma exigencia legal antes mencionada, así como al hecho de que no existía ordenanza aprobada que determinara el procedimiento de concesión ni la documentación exigible.
3.- Objetivos de la regulación.
Los objetivos que se persiguen con la aprobación de la ordenanza son:
a)- Regular el procedimiento de otorgamiento de licencias urbanísticas.
b)- Regular el contenido de las declaraciones responsables urbanísticas.
c)- Regular la actividad administrativa de comprobación de las actuaciones objeto de una declaración responsable urbanística.
d)- Regular la actividad administrativa de inspección urbanística.
e)- Regular el procedimiento sancionador, tipificando de manera clara e indubitada, tanto las infracciones urbanísticas como las sanciones que, en su caso, se puedan imponerse.
Los destinatarios de la consulta podrán exponer sus opiniones sobre estos objetivos:
1. ¿Cuál es su opinión sobre la necesidad de redactar una nueva ordenanza que unifique criterios y simplifique los trámites de solicitud de licencias urbanísticas?
Este campo es obligatorio.
2.- Teniendo en cuenta la obligación legal del empleo de la declaración responsable para llevar a cabo la comprobación urbanística municipal, de acuerdo con la Ley 9/2001, ¿Qué actuaciones se consideran necesarias incluir en el procedimiento de declaración responsable y que hasta ahora se tramitaban por licencia?
Este campo es obligatorio.
3.- Dada la complejidad normativa, ¿qué información urbanística previa y asesoramiento técnico consideraría necesario como apoyo en la tramitación de licencias o declaración responsable?
Este campo es obligatorio.
4.- ¿Qué fórmulas considera que el Ayuntamiento debería adoptar para mejorar el control de las actividades y obras que se realizan que garanticen de forma ágil tanto la seguridad jurídica como el cumplimiento de la normativa?
Este campo es obligatorio.
5.- Valoración de la posibilidad prevista en la Ley 9/2001, para que las Entidades Privadas de Colaboración como intermediarios en la tramitación y de la posibilidad de que intervengan en los procedimientos
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